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| RESUMEN:
Elabora un análisis de las transformaciones sociales y políticas
de los gobiernos locales, que median entre el Estado central y la
población indígena, a fin de comprender las modificaciones
estructurales ocurridas entre dos hitos históricos del Ecuador:
la manifestación de 1961 y el levantamiento indígena
de 1990, desmenuzando la trama de la transición acontecida
al pasar de un tipo de organización política compuesta
por mediadores externos (FEI y partido comunista) a otra representación
integrada por dirigentes intelectuales emergidos del seno de los
grupos étnicos.
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| TEMA:
Las transformaciones de las estructuras rurales y la FEI
pp. 84-87
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Los cambios en la tenencia de la tierra en la sierra ecuatoriana
durante los primeros años de la década del 60 encontró
una metáfora que perfila de cerca el papel histórico
de las haciendas a nivel local: la hacienda funciona económicamente
como un "núcleo radiante" (Baraona). Pero las haciendas
también fueron nudos estructurantes en un amplio campo extraeconómico
que se extiende desde las jerarquías sociales hasta las prácticas
políticas, pasando por el orden simbólico. Hablamos
de la configuración del poder local en cada región.
Se trata de una formación política nueva y original
que en los Andes no tiene nada de atemporal. "Pertenece al mismo
proceso de constitución del Estado nación ecuatoriano
en la segunda mitad del siglo XIX. Se inicia con la supresión
del tributo de indios (1857)... y responde al problema de la administración
étnica bajo el nuevo sistema político: el sistema del
Estado nacional de ciudadanos libres e iguales. En su médula,
consiste en una forma de delegación de poder y control de la
población indígena... Concibo el poder local como una
configuración política pluriédrica, jerarquizada,
un aglomerado de instituciones y vínculos sociales heterogéneos,
en cuyo ápice trona siempre el patrón. Hacienda, Iglesia,
funcionarios estatales de parroquia y cantón (jefes y tenientes
políticos), municipalidades cantonales (autoridades blanco-mestizas
del pueblo), vínculos domésticos entre gente del pueblo
y familias indígenas de comunidad (parentescos rituales, reciprocidades
desiguales, etc) son los elementos que integran el poder local en
la sierra". Es una instancia de decisión en cuanto a la
distribución, las condiciones del consumo y la reproducción
de la mano de obra indígena, los reclutamientos forzosos de
indios jornaleros por el Estado central y los Municipios, el abastecimiento
de bienes por los comuneros a los pueblos, la administración
de justicia en los territorios étnicos.
Hasta 1857, año de abolición del tributo de indios,
el Estado republicano había reconocido legalmente una clasificación
político-jurídica de los habitantes en: blancos, exentos
de contribución, e indios, obligados a tributar. El sistema
político representativo seguía al pie de la letra
la división colonial en castas. De esta clasificación
derivaban implicaciones en el estatuto político: la división
entre ciudadanos (con o sin plenos derechos) y los tributarios,
los indios, que fue la figura jurídico económica tallada
por el Estado para administrar a la población no castiza.
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| GUERRERO, Andrés. DE SUJETOS INDIOS A CIUDADANOS ETNICOS:
DE LA MANIFESTACION DE 1961 AL LEVANTAMIENTO INDIGENA DE 1990. En:
Democracia, etnicidad y violencia política en los países
andinos. Lima, IFEA/IEP, 1996, pp. 83-101. |
| TEMA:
De indios tributarios a sujetos indios
pp. 87-92
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La abolición legal y económica del indio tributario
conlleva dos consecuencias: a) extiende en principio la igualdad ciudadana
a todos los "ecuatorianos", sin distinciones de raza, historia
o cultura; b) sin embargo, la formación de la ciudadanía
en el país recorta de facto una contrafigura tácita,
no definida en el cuerpo legal pero no por ello menos vigente en la
práctica: los indígenas pasan del rango de tributarios
neocoloniales (1830-187) a una figura de "sujetos-indios"
del Estado nación. Es decir, "pasan a un estatuto político
económico y simbólico propio de una población
que deambula en un espacio de ambigüedades en cuanto a sus derechos
legales frente al Estado y la sociedad nacionales". Sin la posibilidad
de elegir y ser elegidos, quedan excluidos de los cargos estatales
por no ser hispano parlantes; poseen territorios étnicos que
son a la vez desconocidos y reconocidos legalmente como "terrenos
baldíos de comunidad".
Surge una configuración de administración étnica
a fuerza de medidas pragmáticas establecidas en leyes que
nunca mencionan a los "sujetos-indios" . "La pregunta
de cómo administrar dentro de la ordenación del Estado
de los libres e iguales ciudadanos, a una población de sujetos
sin llegar a redefinir un nuevo aparato indigenista (una república
de indios renovada) obtuvo una respuesta que fluyó por los
cauces de lo implícito: al retirarse y desentenderse el estado
central, la administración de los indígenas quedó
relegada a la mano invisible del sentido práctico, el enraizado
trato cotidiano, al dominio de lo privado entre la casta criolla
y los indígenas".
El Estado nacional adoptó al menos dos medidas concomitantes:
- a) Densificó el organigrama de recortes administrativos
y territoriales menores, la malla de funcionarios jurídico-políticos
(jefes y tenientes políticos) y las instancias municipales
(concejos cantonales) por unidad de espacio y de población
indígena.
- b) Esquivó la reglamentación y control de las
relaciones laborales, mercantiles, productivas, reproductivas
y rituales, es decir, de los lazos entre los ciudadanos blanco-mestizos
y los sujetos indígenas.
La primera medida condujo a que los funcionarios estatales locales
(jefes y tenientes políticos) asumieran el ejercicio de la
administración étnica y fundieran intereses propios
con tareas estatales; ortorgó a los hacendados y a los propietarios
agrarios en general la administración de "sus"
conciertos que ya no eran empadronados y supeditados al Estado en
calidad de tributarios; la Iglesia no solamente recibió una
delegación administrativa homóloga, en tanto que hacendada,
sino que los curas locales siguieron recaudando diezmos y primicias
con el aparato de intermediarios que ya tenían; la gente
blanca del pueblo que vivía de vínculos de reciprocidad
desigual, también administraba "sujetos indios"
en sus casas, chacras y tráficos.
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| GUERRERO, Andrés. DE SUJETOS INDIOS A CIUDADANOS ETNICOS:
DE LA MANIFESTACION DE 1961 AL LEVANTAMIENTO INDIGENA DE 1990. En:
Democracia, etnicidad y violencia política en los países
andinos. Lima, IFEA/IEP, 1996, pp. 83-101. |
| TEMA:
La lenta degradación de la administración étnica
pp. 92-93
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El Estado de la Revolución Liberal (1895) no eliminó
ni sustituyó al poder local como administrador étnico;
tampoco pretendió suprimir la división de facto entre
ciudadanos-blancos y "sujetos indios". "Su mayor intento
lo concentró en vigorizar, ´laicizar´ (en el sentido
de imponer una racionalidad burocrática), desprivatizar las
funciones de los representantes locales (jefes y tenientes políticos)
e intercalarlos entre el Estado y dos de los poderes: los hacendados
y la Iglesia". El intento no pervivió al último
gobierno de Alfaro. Las autoridades locales retornaron a sus alianzas
con los hacendados.
El sistema de administración étnica, la delegación
al poder local continuó vigente hasta la Reforma Agraria
pero, luego de la década de 1940 entró en un proceso
de degradación, inducida por múltiples factores: a
partir de 1925, con la Revolución Juliana, el Estado central
consigue una mayor independencia frente a las clases dominantes
e incrementa su capacidad de intervención; la extensión
de la red vial desestancó muchas regiones e hizo más
accesible las comunicaciones de los agentes sociales (ciudadanos
y "sujetos indios") con el Estado central, la intervención
de organismos públicos y la acción misma del Estado
a nivel local; comienzan fuertes desplazamientos migratorios de
indígenas y blancos de la sierra hacia la costa; la clase
terrateniente pierde su potencialidad de manejar poder (nacional)
con el surgimiento de una burguesía comercial e industrial
serrana.
Para el momento de la manifestación de huasipungueros en
Quito, en diciembre de 1961, la administración étnica
por delegación de poder se hallaba resquebrajada; "era
apuntada por sus mayores interesados, los hacendados, que anticipaban
en el horizonte político (por presión nacional e internacional)
los nubarrones de una restructuración agraria"
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| GUERRERO, Andrés. DE SUJETOS INDIOS A CIUDADANOS ETNICOS:
DE LA MANIFESTACION DE 1961 AL LEVANTAMIENTO INDIGENA DE 1990. En:
Democracia, etnicidad y violencia política en los países
andinos. Lima, IFEA/IEP, 1996, pp. 83-101. |
| TEMA:
La FEI. Un intento de deslocalizar los conflictos agrarios indígenas
pp. 94-97
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La delegación por el Estado central de la administración
étnica y la ubicación de un locus de gravedad del poder,
tuvo una consecuencia doble: creó una instancia regional de
cercamiento, amortiguación, negociación y ejecución
de la represión de los conflictos étnico-agrarios, al
mismo tiempo que evitó la irrupción de los conflictos
étnicos en la escena política central.
En primer lugar, los conflictos sociales y étnicos son, salvo
excepción, sofocados en el marco institucional de la reciprocidad
desigual y la justicia de patio de hacienda. Si de todas maneras consiguen
trascender sus confines, intervienen alianzas y clientelas locales
con los funcionarios estatales y religiosos para apaciguar, mediar,
reprimir e impedir que desborden el encasillamiento regional o provincial.
Son un conjunto de poderes idealmente estancos, encastrados desde
el nivel inferior (hacienda) hasta el superior (provincia) pasando
por el regional (parroquia y cantón), que en cada nivel intentan
detener los conflictos agrarios.
El segundo lugar, esta formación de poder deja solamente campo
a dos procesos alternativos: primero, la resistencia cotidiana, y
cuando rompe el marco institucional, la violencia abierta: el levantamiento.
En ambos casos, los conflictos no calzan en ninguna de las hormas
de institucionalidad y de las expresiones políticas estatales,
al punto que, por lo general, quedan como informaciones desconocidas.
¿Cuál era el papel de la FEI en el sistema de administración
étnica?.
a) Por una parte, se constituye en una suerte de aparato indigenista
no estatal, en un organismo de mediación, expresión
y traducción de sujetos sociales, los indios, carentes
de reconocimiento (legalidad y legitimidad), y por ende, de discurso
reconocido y acceso al sistema político
b) La federación intentó desprivatizar y deslocalizar
los conflictos agrarios, expulsarlos fuera de lo regional y llegar
a los centros de decisión del Estado nacional
c) Al intervenir como un organismo indigenista, como una institución
externa de ciudadanos blancos que asume la mediación de
sujetos indios, "reproduce aquellos qui pro cuos inherentes
al Estado y su trato con sujetos coloniales: una población
sin derechos reconocidos en el sistema político y jurídico
del Estado ación, cuya realidad aparece n recovecos de
terceros intereses, en lenguajes dobles, en visiones deformadas
de sí y de los otros".
La FEI asumió una función de "traducir"
las formas de lucha y las reivindicaciones de los comuneros indígenas
de las haciendas, de los sujetos-huasipungueros, al orden simbólico
de "ciudadanía": a conceptos de derechos de clase,
como trabajadores semi-proletarios agrícolas, no como "ciudadanos
étnicos", como pueblos que exigen un reconocimiento
colectivo en sus vínculos con el Estado
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| GUERRERO, Andrés. DE SUJETOS INDIOS A CIUDADANOS ETNICOS:
DE LA MANIFESTACION DE 1961 AL LEVANTAMIENTO INDIGENA DE 1990. En:
Democracia, etnicidad y violencia política en los países
andinos. Lima, IFEA/IEP, 1996, pp. 83-101.
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| TEMA:
El levantamiento de 1990: ¿de sujetos indios a ciudadanos
étnicos?
pp. 94-97
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¿Cuáles son los tintes entre el sistema de
administración de los sujetos-indios vigente hasta fines
de los años 60 y la problemática actual de la "cuestión
étnica" formulada en el levantamiento indígena
de 1990?
a) La desintegración del poder local encargada de la administración
semiprivada de la población indígena, generó
un vacío de poder en las regiones, sobretodo a nivel de
los recortes territoriales cantonales y parroquiales. Los patrones
de hacienda hoy en día ya no gobiernan sujetos indios en
sus empresas agrícolas, sino más bien gerencian
una fuerza de trabajo asalariada. Las relaciones en los pueblos
entre blanco-mestizos e indígenas se ha laicizado; además
ya no quedan circunscritas al ámbito privado-cotidiano
ni cercadas en lo regional. El Estado fundó aparatos de
desarrollo que tuvieron el efecto, entre otros, de interpelar
y convocar a los indígenas ya no en términos de
sujetos indios, es decir, de masa de población sometida
a vínculos neocoloniales, sino como agentes de producción,
como campesinos. La población indígena se autonomizó.
Los comuneros "libres" exhuasipungueros, campesinos
indígenas e indígenas urbanos reafirmaron su identidad
y establecieron, por primera vez, una interlocución directa
con el Estado.
b) El levantamiento indígena un recóndito componente
de la formación histórica ecuatoriana: la construcción
decimonónica y liberal del sujeto-indio como contraimagen
y proyecto de la ciudadanía blanco mestiza, reinvención
del indio en la imaginación republicana liberal como "otro"
pasivo y animalizado que hay que liberar para que, una vez modificado
el "carácter peculiar de indio" alcance la ciudadanía
ecuatoriana, dentro del modelo evolucionista y darwinista blanco-mestizo.
El movimiento masivo de los indígenas desvaneció
aquella imagen mental, parte constitutiva del sistema político,
y terminó el proceso de desintegración en la figura
de sujetos indios. Creó un hecho político: puso
en causa el modelo, el sistema jurídico-político,
el proceso de formación y la propuesta de la ciudadanía
elaborados desde el Estado nacional y la sociedad civil blanco-mestiza.
c) Los cambios fueron sustanciales. La articulación entre
la población indígena y el sistema político
es totalmente distinta del pasado. La CONAIE no reemplaza a un
aparato de mediación al estilo y con las funciones de la
FEI, no es un aparato indigenista mediador de sujetos políticos
neocoloniales. El movimiento creó un nuevo agente social,
eslabonó e impulsó demandas antes impensables e
indecibles por falta de discurso: una interpretación de
la historia desde el punto de vista indígena, articulada
a exigencias de autonomía, autogobierno y autodeterminación
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| GUERRERO, Andrés. DE SUJETOS INDIOS A CIUDADANOS ETNICOS:
DE LA MANIFESTACION DE 1961 AL LEVANTAMIENTO INDIGENA DE 1990. En:
Democracia, etnicidad y violencia política en los países
andinos. Lima, IFEA/IEP, 1996, pp. 83-101. |
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